Documento soporte
Cuando le compras a alguien que no está obligado a facturar, el documento lo emites tú — y sí va a la DIAN.
Qué es y para qué sirve
El documento soporte electrónico es la factura que emites tú por lo que le compraste a un proveedor que no factura.
¿Cuándo se usa?
Cuando el que te vende no está obligado a facturar.
Personas naturales no responsables de IVA
El del transporte, el que te arregla algo, el que te vende insumos y no da factura.
Compras a régimen simple sin factura
Cuando el proveedor no tiene obligación de facturar electrónicamente.
En qué se diferencia de una compra
Se llenan igual — misma pantalla, mismos pasos — pero hay tres diferencias que importan.
Sin IVA
La columna de IVA queda en cero y bloqueada.
El proveedor no es responsable de IVA. No puede cobrarlo, así que no hay nada que registrar.Sí va a la DIAN
La compra normal es interna; el DS se transmite y recibe un CUDS, igual que una factura de venta recibe su CUFE.
Las retenciones siguen
Retefuente, ICA y demás se practican igual. Eso no cambia.
El listado
Todos los documentos soporte, con su estado ante la DIAN.
Hacer un documento soporte
El mismo formulario de una compra.
El proveedor
La persona a la que le compraste. Si no existe, se crea ahí mismo.
Los productos
Cantidad y costo. El IVA queda en cero — no se puede tocar.
Finalizar
De contado o a crédito, con sus retenciones si aplican.
Se envía a la DIAN
Al aceptarla, ahí sí entra el inventario y se registra lo que le debes.
Los efectos son diferidos: si la DIAN lo rechaza, no queda mercancía fantasma ni una deuda que no existe.Empezar un documento soporte
16 sEnviar a la DIAN
Al finalizar se envía solo. Si algo falla, el listado lo muestra y hay botón para reintentar.
Si la resolución ya venció
Un DS que nunca llegó a la DIAN y cuya resolución se venció pasa a la resolución vigente al enviarlo: conserva su número si cabe en el rango nuevo y, si no, toma el siguiente. La revisión te lo muestra en un recuadro azul antes de que lo marques.
Antes la revisión proponía anularlo. Ahora se envía con la resolución que sí sirve.Si la DIAN no responde
El envío masivo se detiene solo y te dice cuántos quedaron como estaban. Nada se anula por una caída de la DIAN: vuelve a intentarlo más tarde.
Nota de ajuste (anular)
Un DS aceptado no se borra: se anula con una nota de ajuste, que también va a la DIAN.
Se emite la nota
Con el motivo. Va a la DIAN y recibe su propio CUDS.
Al aceptarla, se reversa todo
Sale el inventario que había entrado y se borra lo que quedó por pagar.
Le llega al proveedor
Por correo, con el XML y el PDF.
Cambiar de bodega
Si registraste el DS contra la bodega equivocada, se corrige sin anularlo.
Si algo sale mal
No me deja poner IVA
La DIAN lo rechazó
El inventario no subió
Me equivoqué en el valor
¿Falta algo en esta página? Escríbenos por CHAT SOPORTE desde el sistema.